Acá dejo algunas consideraciones por las que me he paseado para entender el llamado a
consulta popular que se realizará el 16 julio 2016 en Venezuela, convocado por la oposición:
· 1.- Las constituciones en América Latina han venido
sufriendo una transición del modelo representativo, en las que se soportaba la
participación únicamente en el voto, a un modelo de democracia participativa, que justamente trasciende
al voto, para apoyarse en mecanismos de consulta, entre los que se incluyen figuras como
revocatorios, referéndum, plebiscitos, entre otros.
2 .- Las constituciones han incorporado de manera diversa estos mecanismos. Por ejemplo:
2 .- Las constituciones han incorporado de manera diversa estos mecanismos. Por ejemplo:
o
En
Venezuela, la Constitución define la participación en el artículo 70: Son
medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía,
en lo político: la elección de cargos
públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las
iniciativas legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y
la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter
vinculante... La ley establecerá las condiciones para el
efectivo funcionamiento de los medios de participación previstos en este
artículo.
o
En
Colombia, la Constitución define la participación en el artículo 103: Son mecanismos de
participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo
abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La ley los
reglamentará.
3.- Aunque algunos países como Colombia establecen una
diferencia en su constitución para referirse a referendo o plebiscito (el
primero, para enmendar la constitución; el segundo, para decidir sobre temas de
trascendencia nacional), Venezuela en su constitución le llama indistintamente a estas dos
consultas: referendo popular. En el artículo 71, se dice: Las materias de especial trascendencia nacional podrán ser sometidas a referendo consultivo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; por acuerdo de la Asamblea Nacional, aprobado por el voto de la mayoría de sus integrantes; o a solicitud de un número no menor del diez por ciento de los electores y electoras inscritos en el Registro Civil y Electoral. (Hasta el artículo 74 se prevén los tipos de asuntos para los que se puede plantear un referendo).
4.- Venezuela no establece en su Constitución la
figura de Plebiscito.
5.- Según se ve en la Constitución venezolana, el mecanismo de
referendo está soportado en el Poder Electoral. La decisión del movimiento opositor de organizarse es inédita, no sólo en Venezuela, sino también en el mundo,
debido a que:
o
Aunque se soporta en el artículo 70 de la constitución,
y ha sido aprobado por la Asamblea Nacional, no tiene el amparo institucional
del Poder Electoral (CNE). Principalmente porque el llamado está basado en el principio de desobediencia civil, previsto en
el artículo 350 de la Constitución: El pueblo de Venezuela, fiel a su
tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad,
desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los
valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos.
o
No
encuentro en el mundo una iniciativa de consulta popular en temas de impacto nacional (que no sean inherentes a cambios en la constitución o que no se trate de revocatorios), soportadas logísticamente en la organización civil, lo que constituye, en mi opinión, un
mecanismo inédito de desobediencia civil que implica un reto organizativo para la oposición en Venezuela, para demostrar y hacer visible cuántos rechazan lo
que está sucediendo en este momento con el gobierno de Nicolás Maduro; y cuántos proponen un cambio en Venezuela.
6.- Creo que llamar plebiscito a esta iniciativa no debería invalidarla, puesto que en sí mismo es un acto de desobediencia civil que
desconoce al CNE como figura institucional para convocar al llamado. Pero si ayuda, no tenemos problema en decirle "consulta popular". Las palabras valen mucho en este momento venezolano.
7.- Las preguntas en los plebiscitos en el mundo han sido muy difíciles de dejar contento a todos. Acá dejo algunas experiencias de plebiscitos en el mundo, compiladas el año pasado con mis estudiantes de la UNAB (ver información completa acá):
¿Qué se ha preguntado en los
plebiscitos del mundo?
Reino Unido
¿Debe el Reino Unido continuar siendo miembro de la Unión Europea o debe
dejar la Unión Europea?
1. Continuar como
miembro de la UE
2. Dejar la UE
Sudáfrica
¿Apoya la continuación del proceso de reforma que el presidente inició
el 2 de febrero de 1990 y que está dirigido a crear una nueva Constitución a
través de la negociación?
1. Sí
2. No
Gibraltar
Contó con una introducción y posteriormente con la pregunta: “El 12 de julio de 2002 el Secretario de Relaciones
Exteriores, Jack Straw, en una declaración formal en la Cámara de los Comunes,
dijo que después de doce meses de negociación, el Gobierno británico y español
están en general de acuerdo en muchos de los principios que deben sustentar una
solución duradera del reclamo de soberanía de España, que incluye el principio
de que Gran Bretaña y España deben compartir la soberanía sobre Gibraltar.¿Aprueba
usted el principio de Gran Bretaña y España deben compartir la soberanía sobre
Gibraltar?
1. Sí
2. No
Eslovenia (primer caso)
¿Debe la República de Eslovenia
llegar a ser un estado independiente y soberano?
1. Sí
2. No
Eslovenia (segundo caso)
¿Está usted a favor de la entrada en vigor de la ley sobre enmiendas y
complementos de la ley del matrimonio y familia, que el Parlamento aprobó el 3
de marzo de 2015?
1. Sí
2. No
Croacia
En este caso no hubo preguntas, sino que cada
ciudadano depositaba en las urnas una papeleta de color, según su elección. Si
apoyaban la independencia debían usar la azul y si estaban en contra, la roja.
Timor Oriental
"¿Acepta la autonomía especial propuesta para
el Timor Oriental dentro del estado unitario de la República de Indonesia?”con
la imagen de una bandera sobre fondo azul y un recuadro para aceptar. Y
“¿Rechaza la autonomía especial propuesta para el Timor Oriental, lo que
comporta la separación de Timor Oriental de Indonesia?”, marcado con una
bandera en fondo verde y la opción de rechazo.
Colombia:
1 de diciembre de 1957, durante el gobierno
del general Rojas Pinilla. En esa oportunidad los colombianos debían decir sí o
no a varias preguntas que eran inherentes, entre los aspectos más
significativos a: la transición a una democracia de partidos, con alternación
liberal-conservadora (lo que fue llamado Frente
Nacional). Por primera vez, la mujer colombiana ejerce el derecho al
voto, en acto de igualdad de género.
2 octubre 2016:
¿Apoya usted el
acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz
estable y duradera?
1. Sí
2. No
Para recordar:
En Venezuela, durante el gobierno del presidente Chávez realizó varias consultas llamadas refererendos, en su mayoría relacionados con temas constitucionales:
- Referendo constituyente de 1999, en el cual se preguntó por la sustitución de la constitución de 1961. El resultado fue de aprobación.
- Referendo de 2004, convocado por la oposición para revocar el mandato de Hugo Chávez. El resultado fue negativo y Chávez continuó en el poder.
- Referendo de 2007, convocado por el presidente para imprimir socialista a la constitución. Fue el único revocatorio en el que Chávez resultó perdedor, pues fue rechazada su propuesta.
- Referendo de 2009, convocado por el presidente para enmendar la constitución y proponer la continuidad en la elección en los cargos públicos. El Poder Electoral comunicó los resultados a favor de Chávez y su propuesta fue aprobada.
Sobre las decisiones de Maduro:
El primero de mayo de 2017, Nicolás Maduro convoca a una “asamblea comunitaria, por
sectores” que no está prevista en la Constitución venezolana. En rigor, la constitución
venezolana establece en el Capítulo III las formas de convocatoria a una
Asamblea Constituyente, definiendo que aunque el presidente, la Asamblea o un
15% de la población de electores puede tomar la iniciativa, la convocatoria, pero finalmente es decidida por el pueblo, entiéndase la mayoría; es decir, se requiere a un
llamado nacional que refrende tal decisión.
El llamado de Maduro está saltándose este llamado
nacional y está decretando de manera unilateral un proceso de constituyente. Está claro que la idea de referendo, amparada en la constitución venezolana, en la que se amparó por más de una década Hugo Chávez, no le sirve a Maduro, dada su baja popularidad, quizás la más baja de la historia de los presidentes venezolanos por más de un siglo.
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